CONSTITUYE TU SOCIEDAD MERCANTIL COMO ÚNICO SOCIO EN 24 HRS
Buenos días.
El tema que deseo
compartir con ustedes y me permito publicar, es sobre la Sociedad por acciones
simplificada o conocida ya actualmente como S.A.S.
Esta sociedad mercantil a diferencia de otras, es que podrá ser
constituida, por UNA o más personas, sin necesidad de acudir ante fedatario
público y mediante un proceso sencillo que se realiza vía electrónica ante la
Secretaría de Economía.
La restricción es
que el, o los socios de este tipo de empresas, no podrán ser socios de otra sociedad
mercantil ya sea Sociedad en nombre colectivo; Sociedad en comandita simple;
Sociedad de responsabilidad limitada; Sociedad anónima; Sociedad en comandita
por acciones; Sociedad cooperativa, si su participación les permite tener
control de la sociedad o de su administración.
Para que pueda ser
constituida la Sociedad por acciones simplificada, ésta no debe de tener
ingresos anuales superiores a 5'000,000.00 M.N. (CINCO MILLONES DE PESOS 00/100
M.N.), monto que se actualizará anualmente el primero de enero de cada año,
para lo cual la Secretaría de Economía, publicará el factor de actualización en
el Diario Oficial de la Federación durante el mes de diciembre y si rebasa la
S.A.S., dicho límite deberá ser transformada a otra de las sociedades antes
citadas.
Toda vez que en
este acto de constitución puede o no intervenir Corredor o Notario público a elección
de los accionistas, los estatutos sociales son puestos a disposición por la
Secretaria de economía mediante un sistema electrónico de constitución,
seleccionando el interesado las cláusulas de los estatutos sociales, creándose
con ello el contrato social de constitución firmado electrónicamente por el socio, usando para ello certificado de firma electrónica avanzada vigente y
reconocida en las reglas generales que emite la Secretaria de economía, previa
autorización pare el uso de denominación elegida por el socio y emitida
por la citada Secretaría.
Una vez verificado
el contrato de sociedad por la Secretaria de Economía, ésta lo enviará electrónicamente
para su Inscripción en el Registro público de Comercio para darse de alta ante el SAT e iniciar sus actividades.
La información
general con la que se deberá de contar para la constitución
de éste tipo de sociedad mercantil será entre otra: La denominación de la
empresa; nombre, domicilio, Registro Federal de Contribuyentes y correo electrónico
del accionista, domicilio y duración de la sociedad, objeto y forma de
administrar la sociedad, principalmente.
Es una forma de constituir una sociedad unimembre, sin necesidad de pedirle
o rogarle a la cónyuge, al hermano, al papá, a la mamá al tío al primo o en el
peor de los casos un completo desconocido y posible advenedizo, que se
convierta en socio de una empresa, en la que el único que la va a trabajar y a
invertir en ella es una sola persona, su fundador. Creo que es una buena opción
para esos casos en que se requiere de constituir una empresa por los
requerimientos para poder trabajar en ciertos sectores de la sociedad y cuando
no se requiere de otro socio ya sea capitalista o industrial para ello.
Pueden ingresas en el portal www.gob.mx/tuempresa y recaba mas información.
En espera de que
les haya servido el tema publicado, como siempre quedo a sus órdenes para cualquier duda o comentario vía correo electrónico: contacto@mercadojuridico.com.mx
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